jueves, 7 de noviembre de 2013

VIVIR DE ALQUILER SIN CONTRATO





¿Que sucede sin alquilamos una vivienda sin haber firmado un contrato de arrendamiento?


Conviene reseñar que cuando se alquila una vivienda sin un documento contractual firmado, esto no quiere decir que no haya contrato. Solamente los “okupas” habitan los inmuebles sin contrato, pues una persona que vive de alquiler y paga puntualmente todos los meses, y puede acreditar con los recibos el pago de los alquileres, aunque no exista un documento escrito se entiende que hay un contrato verbal.
Con respecto al tiempo de duración de contrato, en este caso, habría que atenerse al código civil, que establece que durará un mes si el alquiler se paga por meses y por consiguiente el arrendador podrá desahuciar al arrendatario avisándolo con un mes de antelación.
Sin embargo cuando se trata de la vivienda habitual, rige la Ley de Arrendamientos urbanos, por lo que el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda tres años y en todo caso la inexistencia de contrato escrito  perjudicaría al arrendador que no podrá determinar la fecha de inicio del cómputo de esos cinco años con exactitud. 

Benjamín Caramés |abogado inmobiliario|

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